La adopción de una política de esta naturaleza responde a la necesidad de dotarse de un marco adecuado para afrontar la realidad de los abusos a menores y adultos vulnerables en la Iglesia y en otros entornos como la familia, por un imperativo de derechos humanos que obliga a proteger a los niños y personas vulnerables frente a la violencia, así como también a un mandato legislativo internacional, estatal y canónico.
Este protocolo está basado en la política marco de protección y actuación en casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables que propone CONFER, adaptado a nuestra institución, la CONGREGACIÓN DOMINICAS MISIONERAS DE LA SAGRADA FAMILIA. Con este documento pretendemos responder a la exigencia actual de prevenir y cortar cualquier tipo de abuso, y en especial los abusos sexuales a menores y adultos vulnerables.
- Trabajos pastorales en parroquias: protocolo de las diócesis en las que estamos insertas.
- Trabajos profesionales por cuenta ajena: nos ceñimos a los protocolos de cada institución.
- En actividades propias y la vida ordinaria, nos ceñimos a este protocolo de Confer.
Queremos promover el buen trato en general, concepto que en la legislación española se entiende como aquel que respetando los derechos fundamentales de todas las personas, promueve activamente el respeto mutuo, la dignidad del ser humano, la convivencia democrática, solución la pacífica de conflictos, el derecho a igual protección de la ley, la igualdad de oportunidades y la prohibición de discriminación.
En este documento se utilizará genéricamente el término “abuso” para incluir en él todos los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, entre los que se encuentran los abusos, agresiones, acoso, exhibicionismo, provocación, etc. Se utilizará genéricamente el término niño o menor referido a los niños, niñas y adolescentes. Se considera “persona vulnerable” cualquier persona en estado de enfermedad, de deficiencia física o psicológica, o de privación de la libertad personal que, de hecho, limite incluso ocasionalmente su capacidad de entender o de querer o, en cualquier caso, de resistir a la ofensa.
Las orientaciones que aquí se recogen tienen cuatro objetivos:
- a. Prevenir el abuso sexual a los menores y adultos vulnerables dentro de nuestra congregación en España, estableciendo criterios de selección y de formación para quienes trabajen o se relacionen con ellos, así como un código de conducta que recoja las conductas que en ningún caso pueden darse y las consecuencias de las mismas, las que puedan ayudar a mejorar la protección y las buenas prácticas que fomenten el buen trato, la cultura de respeto y de protección, y la creación de espacios seguros para estas personas frente a posibles abusos o agresiones.
- b. Protocolizar el modo de actuación empezando por la detección, (tanto si los abusos se han cometido dentro de la congregación como fuera, contra menores o adultos vulnerables, que son usuarios o destinatarios de las actividades de la congregación) como por la denuncia, procurando que la intervención sea inmediata, ajustada a las leyes civiles y canónicas, y tratando de forma individualizada tanto a quien denuncia y a su familia, como al denunciado y a su entorno.
- c. Reparar el daño causado.
- d. Trabajar con el victimario en su rehabilitación y tomar decisiones consistentes con la ley respecto a sus futuras actividades, en particular, evitando que esté en contacto habitual con niños.
Principios y objetivos generales de actuación
La congregación asume el compromiso de “TOLERANCIA CERO” hacia toda posible conducta de abuso sexual a menores y adultos vulnerables, trabajando para lograr la detección precoz y actuar adecuadamente cuando se presente un caso y comunicarlo a las autoridades competentes (civiles y canónicas).
La congregación va a hacer todo lo posible para que no se produzca ninguna situación de abuso por no haber tomado las medidas necesarias para prevenirla ni, conociéndola, van a tolerar que no se denuncie y se actúe en consecuencia (tanto en el ámbito civil como en el canónico).
Principios generales
La congregación promueve los siguientes principios generales de actuación:
- a) El principio de buen trato, el respeto a la dignidad de cada persona, y de los menores y adultos vulnerables en particular, potenciando al máximo el desarrollo de sus capacidades en un entorno protector que fortalezca relaciones estables y positivas y favorezca hábitos de vida saludables, tanto a nivel físico como psicológico y emocional.
- b) La no discriminación. Bajo ningún concepto, la congregación consentirá que, en aplicación de esta política de protección, se produzca discriminación de menores y adultos vulnerables por motivo de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, orientación sexual, ideología, religión o cualquier otra condición personal, física o social.
- c) El principio de respuesta rápida, en la comunicación y notificación, evitando demoras en la toma de decisiones en aplicación de esta política, y prestando especial diligencia en los casos más graves.
- d) El principio de participación. La congregación adoptará mecanismos para involucrar a los menores y adultos vulnerables en la aplicación de esta política.
- e) El principio de confidencialidad y no revictimización ni victimización secundaria que supone:
- a. Proteger la imagen, la intimidad, la privacidad y la confidencialidad de los datos de las personas implicadas de acuerdo con las leyes vigentes.
- b. Evitar procedimientos internos en los que las víctimas deban innecesariamente repetir su relato con el efecto para ellas de una victimización secundaria.
- c. Garantizar a los implicados un procedimiento respetuoso, tanto de la presunción de inocencia como de los principios de legalidad y proporcionalidad penales.
- d. Separar cautelarmente a la persona acusada de haber cometido abusos de cualquier actividad que implique contacto habitual con niños o adultos vulnerables.